Los equipos médicos son la única categoría de alcance reducido que sigue requiriendo certificación formal ante SUBTEL después de la Resolución 737. Es exactamente el trámite que Certificación Telecom hizo para todas las categorías durante 22 años, desde 2004, antes de que la 737 lo reemplazara por autodeclaración en el resto de los equipos. Tramitamos la solicitud de principio a fin: revisamos el informe de ensayo contra la norma, armamos el expediente y lo llevamos hasta el Oficio de Certificación.
Porque la propia Resolución 737 lo decidió así. El objetivo de la reforma fue aliviar la carga regulatoria de los equipos de consumo, cuyo riesgo de interferencia es bajo y cuyo volumen de solicitudes se había vuelto inmanejable con el auge del 5G y del IoT. Para los equipos médicos, en cambio, la norma mantuvo el control previo.
El resultado es que hoy conviven dos regímenes bajo la misma norma técnica: certificación formal para los literales g) y h), autodeclaración con código QR para todos los demás.
Se estima procedente reservar el trámite de certificación solamente para equipos de alcance reducido destinados a aplicaciones médicas.
It is deemed appropriate to reserve the certification procedure only for short-range devices intended for medical applications. (Unofficial translation.)
Los literales g) y h) del artículo 1° de la Norma Técnica. En concreto:
| Literal | Equipos | Banda | Potencia máxima |
|---|---|---|---|
| g.1 | Implantes médicos (MICS): marcapasos, bombas de insulina, neuroestimuladores, implantes cocleares | 401 - 406 MHz | 25 µW p.i.r.e. |
| g.2 | Equipos médicos en 2,4 GHz, con saltos de frecuencia | 2.400 - 2.483,5 MHz | 2,5 mW radiados |
| g.3 | Dispositivos de adquisición de datos médicos, con saltos de frecuencia | 430 - 440 MHz | 0,1 µW p.i.r.e. |
| h | Otros equipos médicos: telemetría y equipos biomédicos que no son implantes | 9 - 70 kHz · 140 - 200 kHz · 13,553 - 13,567 MHz · 608 - 614 MHz · 902 - 928 MHz | Según banda |
El literal g.3 se incorporó por la Resolución 2219 y rige desde el 24 de noviembre de 2025, antes que el resto de la reforma: los dispositivos de adquisición de datos médicos ya se pueden certificar.
Obtener un certificado de SUBTEL antes de vender o ceder el equipo, a cualquier título, para su uso en el país. No es una autodeclaración ni un código QR: es una autorización previa.
Todo fabricante o importador de equipos descritos en los literales g) y h) del artículo 1°, antes de venderlos o cederlos a terceros, a cualquier título, para su uso dentro del país, debe obtener un certificado de la Subsecretaría de Telecomunicaciones acreditando el cumplimiento de las disposiciones de la presente norma técnica en materia de emisiones radioeléctricas. Las certificaciones de equipos que se otorguen conforme la presente norma técnica no autorizan, en ningún caso, su utilización para fines médicos.
Every manufacturer or importer of equipment described in literales g) and h) of article 1, before selling it or transferring it to third parties, on any basis, for use within the country, must obtain a certificate from the Undersecretariat of Telecommunications attesting compliance with this technical standard regarding radio emissions. Certificates granted under this technical standard do not, under any circumstance, authorize the equipment's use for medical purposes. (Unofficial translation.)
Lo dice el mismo artículo, y conviene tenerlo claro antes de empezar: la certificación de SUBTEL acredita el cumplimiento en materia de emisiones radioeléctricas y nada más. La autorización sanitaria del dispositivo es un trámite distinto, ante la autoridad de salud, y no la gestionamos nosotros.
Dicho de otro modo: nuestro trabajo cubre la radio del equipo, no el equipo como dispositivo médico.
Si estás evaluando entrar a Chile con un dispositivo médico, éste es el punto donde más proyectos se atrasan: los dos trámites son independientes y conviene empezarlos en paralelo, no en serie.
Gestionamos la solicitud completa ante SUBTEL. Es el trámite con el que nació esta empresa y el que hicimos durante dos décadas para todo tipo de equipos, cuando aún aplicaba a todos.
Los Informes de Ensayo o Test Reports que el fabricante o importador debe presentar, según se indica en el artículo 2°, sólo serán aceptados si provienen de laboratorios que cuenten con al menos una acreditación internacional que asegure la calidad y objetividad de sus ensayos. Las acreditaciones correspondientes deberán estar estampadas en todas las páginas del respectivo Informe de Ensayo o Test Report.
The Informes de Ensayo or Test Reports that the manufacturer or importer must present, as indicated in article 2, will only be accepted if they come from laboratories holding at least one international accreditation ensuring the quality and objectivity of their testing. The corresponding accreditations must be stamped on every page of the respective Informe de Ensayo or Test Report. (Unofficial translation.)
No comprometemos plazos en este servicio: los tiempos de tramitación los define SUBTEL, no nosotros. El plazo de dos días hábiles que ofrecemos aplica al cumplimiento por autodeclaración, que es un proceso distinto.
Escríbenos con el equipo, la banda en la que opera y su informe de ensayo. Te confirmamos si requiere certificación y qué implica el trámite.
Consultar por un equipo médicoPágina de cumplimiento y código QR para equipos WiFi, Bluetooth, Zigbee, RFID e IoT. El régimen que aplica a casi todos los equipos inalámbricos.
Para fabricantes sin entidad en Chile. La norma exige un fabricante, importador o representante con domicilio legal en el país, sin excepciones.